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Es un mecanismo que cualquier persona puede usar para solicitarle a un juez la protección y defensa de sus derechos fundamentales de manera rápida y segura cuando éstos se encuentren amenazados o violados por una autoridad pública o por un particular que esta realizando una función pública. La Acción de Tutela fue consagrada en el Artículo 86 de la Constitución Nacional y se encuentra reglamentada por los Decretos 2591 de 1991 y 306 de 1992.
Sirve para proteger los derechos fundamentales de un ciudadano de manera rápida y directa, que están siendo o amenazan ser violados por una autoridad publica o un particular que ejerce funciones publicas.
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¿Quiénes pueden interponer una Acción de Tutela? |
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Cualquier persona que considere que uno o más de sus derechos fundamentales están siendo violados o amenazados, puede presentar esta Acción, sin necesidad de abogado. |
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Si una persona no puede interponerla por sí sola, como es el caso de los niños, o los ancianos, o algunas personas con discapacidad, la puede interponer un familiar, un representante legal o el defensor del pueblo. |
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Si un colombiano vive en el extranjero y considera que alguna autoridad de la República de Colombia ha violado sus derechos fundamentales, puede solicitar acción a través del Defensor del Pueblo. |
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¿Ante quién se interpone? |
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Ante cualquier juzgado o tribunal del lugar en el que ocurrió la amenaza o violación de un derecho fundamental. |
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Una acción de Tutela no se puede presentar ante más de un juzgado o tribunal. |
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¿Cómo se presenta Acción de Tutela? |
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Se dirige contra una autoridad pública, el representante de una institución o el particular que probablemente amenazó o violó un derecho fundamental. |
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La Acción de Tutela se puede hacer de manera verbal ante un juez en caso de urgencia, cuando el solicitante no sepa o no pueda escribir o también cuando sea un menor de edad. |
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Es necesario presentar la Acción de Tutela acompañada con todas las pruebas necesarias para demostrar la violación de un derecho, ya que si el hecho o motivo que la provocó no se puede establecer y el solicitante no corrige o complementa en tres días, la acción puede ser rechazada por completo. |
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¿Qué contiene una Acción de Tutela? |
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El nombre, la cédula de ciudadanía y la dirección completa del solicitante. |
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El nombre y los datos de la autoridad pública o del particular que violó o amenazó el derecho. |
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La narración clara y completa del hecho acompañado con todas las pruebas necesarias. |
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Señalar el derecho fundamental que se considera violado o amenazado. |
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Si el afectado actúa a través de un representante se debe incluir su nombre, cédula de ciudadanía y dirección. |
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¿Cuál es el plazo que tiene el juez para resolver la tutela? |
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El juez debe emitir el resultado dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que es presentada y se debe notificar a más tardar al día siguiente, por telegrama u otro medio eficaz.
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Si el solicitante, la autoridad, el representante del órgano correspondiente o el Defensor del Pueblo no están satisfechos con la decisión, pueden pedir una revisión del fallo que debe llevarse a cabo a los tres (3) días de su notificación, sin que por eso pueda posponerse el cumplimiento inmediato del fallo.
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Si el derecho fue violado o amenazado por una autoridad, ésta debe disponer, en un máximo de 48 horas posteriores al fallo, que cese la violación o amenaza del derecho. Si esto no sucede, el juez puede recurrir a los medios necesarios, aún la fuerza pública, para garantizar el libre ejercicio del derecho.
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Si a las 48 horas de pronunciado el fallo éste no se cumple, el juez se dirigirá al superior del responsable para obligarle a cumplirlo y abrir el correspondiente proceso disciplinario. |
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Si pasan otras 48 horas sin que el fallo se cumpla, el juez podrá sancionar por desacato al responsable y a su superior hasta que se cumpla la sentencia.
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Ejemplo: Mujer con discapacidad despedida de su trabajo. |
Adriana es una mujer con discapacidad que acaba de ser despedida de su trabajo por tener joven de 16 años que está embarazada. Cuando los directivos del colegio donde está haciendo el bachillerato se enteraron de su estado la amenazaron con expulsarla y una semana después, efectivamente, lo hicieron. Aconsejada por sus familiares, intentó una conciliación con los directivos del colegio. Este intento no sirvió para que los directivos cambiaran de opinión. Ante las circunstancias, Adriana fue a un juzgado y presentó una Acción de Tutela, alegando que su derecho a la educación había sido violado.
Considerando que un proceso tradicional tomaría mucho tiempo y que la educación de la joven se vería muy afectada, el juez tuteló el derecho a la educación de Adriana. Actualmente ella se prepara para recibir su grado de bachiller y para asumir sus responsabilidades como madre.
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