La Acción Popular protege los siguientes derechos colectivos clasificados en la Ley 472 de 1998:
Derechos relacionados con la protección del medio ambiente
El goce de un ambiente sano.
La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente.
La prohibición de la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares o tóxicos.
Derechos relacionados con la protección de lo público:
La moralidad administrativa.
El goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público.
La defensa del patrimonio público.
Derechos relacionados con la seguridad y los servicios públicos y sociales:
La seguridad y salubridad públicas.
El acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública.
El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna.
El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente.
Otros derechos:
La defensa del patrimonio cultural de la Nación.
La libre competencia económica.
Los derechos de los consumidores y usuarios.
La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes.
Programa Presidencial de Derechos Humanos y DIH. Programa de Derechos Humanos y Discapacidad
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